Prestaciones del Sistema Nacional de Salud y las prestaciones añadidas en Andalucía a las que tiene derecho la ciudadanía cuando acude a algún centro del sistema sanitario público:
La prestación farmacéutica comprende los medicamentos y productos sanitarios y el conjunto de actuaciones encaminadas a que los pacientes los reciban de forma adecuada a sus necesidades clínicas, en las dosis precisas según sus requerimientos individuales, durante el período de tiempo adecuado y al menor coste posible para ellos y para la comunidad. Esta prestación se regirá por lo dispuesto en la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.
En Andalucía, las prestaciones recogidas en el Catálogo General de Ortoprotésica son prescritas, dispensadas y financiadas por la Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía en las condiciones y cuantía que en cada caso se determinen.
Son tratamientos que indica el especialista para determinados trastornos metabólicos congénitos y la nutrición enteral domiciliaria para pacientes a los que no es posible cubrir sus necesidades nutricionales, a causa de su situación clínica, con alimentos de consumo ordinario.
La evaluación de la necesidad de la utilización del transporte sanitario es realizada por el médico responsable de la asistencia del paciente, siempre en función de causas médicas que hagan imposible el desplazamiento en medios ordinarios de transporte (Resolución de 31 de Julio de 1995, del Servicio Andaluz de Salud, de ordenación del Transporte Sanitario). La prestación de transporte sanitario comprende el transporte especial de enfermos o accidentados en caso de:
Su indicación es realizada por los centros o servicios especializados que hayan sido autorizados por los servicios de salud.
Indicados por especialistas en determinadas patologías, con centros externos concertados.